El T. Supremo ha confirmado la condena a la Asociación de Internautas. El texto de la sentencia AQUÍ
lo interesante de la sentencia está a partir de la página 12, final. Personalmente creo que es una sentencia técnicamente muy mejorable y que definitivamente quiebra con la exención de responsabilidad de la Directiva. El criterio de la diligencia se impone ya para el futuro frente a los artículos 14 y ss. de la LSSICE. Con esta doctrina en la mano, la mayor parte de las webs son objeto de denuncia -ganable por el denunciante.
puede accederse a la noticia de la sentencia por la Asociación de Internautas aquí

Un reciente trabajo mío sobre el particular, totalmente en contra de esta línea jurisprudencial, aquí

Se trata del texto escrito -version castellano- Ponencia “Encaje constitucional de la responsabilidad en la web 2.0” en I Seminario IDT sobre derecho y web 2.0. Workshop sobre la propiedad intelectual, la privacidad, la Administración electrónica y las responsabilidades en la web 2.0. Aspectos legales y tecnológicos, Institute of Law and Technology (IDT), Universidad Autónoma de Barcelona, 18 de septiembre

«La protección constitucional al derecho a la información se refiere a los medios de comunicación social (televisión, radio o prensa escrita) pero, debe matizarse, Internet no es un medio de comunicación social en sentido estricto, sino universal».
Sentencia del Juzgado de lo Penal número 16 de Madrid «dixit»
Noticia aquí
Sentencia aquí

Dentro de unos años, habrá que explicar estos argumentos de pandereta navideña a los que no sabrán qué era la televisión, la radio o la prensa escrita. Ya en 1997 el TS USA dijo todo lo contrario a este juez. Leer más

Como se recuerda en «El País», 55.000 ‘blogs’ incorporan el documento ‘En defensa de los derechos fundamentales en Internet’ en seis horas y Google recoge en el mismo tiempo más de un millón de páginas que hacen mención a su contenido. Leer más

He incluido AQUÍ un texto y resumen (francés-español) de la Décision n° 2009-580 DC du 10 juin 2009, Conseil constitutionnel, Loi favorisant la diffusion et la protection de la création sur internet, esto es, la Decisión nº 2009-580 de 10 de junio de 2009 del Consejo Constitucional francés por la que se declara inconstitucional la Ley que favorece la difusión y la protección de la creación en internet, en concreto, declarando inconstitucionales diversas modificaciones del Código de la Propiedad Intelectual, como consecuencia de los artículos 5 y 11 de la ley.
En Europa, la decisión «jurisdiccional» más importante sobre libertad expresión en la red.

me estreno poniendo presentación slideshare, ademas con el AUDIO. Para los novatos -como yo- funciona con el «play-pause» y puedes maximizar con el iconode pantallita inferior derecha.
Se trata de la ponencia “Dimensión jurídica de la Política 2.0” en Seminariopolitika 2.0: ¿podemos reinventar la democracia a través de la participación?, Parlamento Vasco-Universidad del País Vasco, 22-24 de junio de 2009.

En el siguiente link se puede acceder a los videos del SICARM 09, del 13 al 15 de mayo 2009 «Los retos jurídicos de la protección de los datos personales».

Mi intervención “enRedando socialmente, ¿qué pasa con mis datos en las redes sociales?» está disponible aquí , a partir del minuto 20′.