“Cómo abordar jurídicamente el impacto de la inteligencia artificial en los derechos fundamentales”, nueva publicación en un libro de referencia
Estoy muy contento de empezar el año con la segunda publicación que ve la luz, después de la que informé hace unos días. En este caso, se trata de un capítulo en un libro excepcional y muy completo que ha dirigido María Emilia Casas, expresidenta del Tribunal Constitucional, con la coordinación del Prof. Daniel Pérez: «Derecho y Tecnologías» de la Fundación Ramón Areces, puedes acceder a sus 700 páginas al completo. La obra cuenta con trabajos -entre otros- de Andrés Ortega Klein, Tomás de la Quadra-Salcedo, Fernando Miró, Alejandro Huergo Lora, Jesús R. Mercader Uguina, Ana Garriga Domínguez o Rafael Yuste.
Aquí puedes acceder a mi trabajo “Cómo abordar jurídicamente el impacto de la inteligencia artificial en los derechos fundamentales”, donde abordo los elementos esenciales para cualquier análisis sobre IA y derechos fundamentales. Pretendo dar respuestas a preguntas clave para los derechos fundamentales y su dogmática, preguntas como éstas:
¿Cómo garantizar el progreso tecnológico con los derechos fundamentales? ¿Es posible asentar un deber de IA, incluso un derecho a la IA?
¿Cómo proyectar la dignidad de la persona en sentido positivo y negativo respecto de la IA?
¿Qué implica la proyección de los principios del RGPD, como la minimización y la limitación de finalidad, en un entorno de inteligencia artificial?
¿Qué supone el reciente Convenio IA del Consejo de Europa frente al Reglamento de IA (RIA) de la UE? ¿Es un convenio aplicable a nivel global?
¿Cómo pueden los principios éticos de la IA ser transformados en principios jurídicos?
¿Es necesario proclamar nuevos derechos en la era de la IA, o sería más eficaz reinterpretar los derechos existentes para abordar los desafíos tecnológicos?
¿Qué modelos de participación y garantía pueden abordar los efectos supraindividuales y estructurales que la IA tiene en la sociedad?
¿Por qué es fundamental garantizar la independencia de las autoridades de supervisión de la IA en el marco de derechos fundamentales? ¿Qué estándar de independencia es exigible?
Más vale prevenir que curar ¿Qué técnicas preventivas se están dando para proteger los derechos fundamentales ante la IA?¿qué elementos deben incluir los análisis de impacto de derechos fundamentales en sistemas de IA de alto riesgo?
¿Qué criterios debería cumplir una ley para regular adecuadamente los impactos de la IA en los derechos fundamentales? ¿Es suficiente el actual marco regulatorio en España?
En 2021 publiqué un trabajo [acceso completo] que humildemente considero que fue la primera referencia en el tema y ahora he profundizado, completado y actualizado el mismo. Espero que te interese.