mi estudio en libro de libre acceso sobre el estado de alarma en España y su (muy) dudosa constitucionalidad…
Es un placer para mí estar entre los autores constitucionalistas de la obra recién publicada coordinada por Carlos Garrido xcepcionalidad y Derecho: el estado de alarma en España, Colección Obras colectivas, Fundación Manuel Giménez Abad, Zaragoza
En esta obra es un lujo entrontar me con autores como, Antonio Arroyo , Itziar Gómez , Díaz Revorio, Presno , José Tudela , Alfonso Cuenca , Enrique Cebrián , Fernández de Casadevante , Martínez Cuevas, Pablo Guerrero. Hay visiones diferentes, aunque me atrevo a afirmar que en todos los casos hay una aproximación bien diferente a la de muchos administrativistas.
Ciertamente hay un debate importante sobre el primer estado de alarma. Hay dos «mayorías» a favor y en contra de la constitucionalidad del mismo. Yo, cada vez me decanto con más claridad por la inconstitucionalidad.
En el libro he contribuido con el trabajo «La (in)constitucionalidad de las restricciones y suspensión de la libertad de circulación por el confinamiento frente a la Covid»
Me atrevo a poner aquí el sumario de mi trabajo por si te apetece leerlo entero. Gracias a Carlos Garrido y la Fundación por un trabajo tan serio de hace años.
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- A modo de introducción, a vueltas sobre un puzle constitucional que no acaba de encajar
- Restricciones de la libertad de circulación en la lucha contra la COVID para la protección de vida, integridad y salud pública
- Restricciones en el Reglamento sanitario internacional y los confinamientos
- La vida, integridad y salud pública predominan, pero no jerárquicamente, sobre los derechos restringidos
III. El confinamiento estricto afectó a la libertad personal
- La libertad de circulación, la gran afectada por las restricciones
- El contenido constitucional de la libertad de circulación
- Ordenación y delimitación de la libertad de circulación. La LOAES no es parámetro de su límite o suspensión
- El confinamiento estricto a través de Decreto 463/2020 de alarma que suspendió la libertad de circulación
- Sí, se suspendió la libertad de circulación con el primer Decreto de alarma
- La “mayoría” considera que no hubo suspensión de la libertad de circulación
- Y el más difícil todavía: sí que hubo suspensión de derechos, pero para ello basta con la legislación de salud
- Estado de excepción y dudosa alteración del orden público
- Una “mayoría” considera que no se dio el presupuesto del estado de excepción
- Y otra “mayoría” entiende que sí que procedía el estado de excepción
VII. Otra posible vía de solución aportada por Escobar a una situación laberíntica
VIII. Para concluir: la inexistencia de un bloque de constitucionalidad y la posible decisión del Tribunal Constitucional